ADELANTOS PARA OBRA

 ADELANTOS PARA OBRA

Dos casos de adelanto se presentan los adelantos directos y los adelantos por materiales.

Adelanto directo (art. 181)

En el caso que en las bases o el contrato se haya establecido el otorgamiento de este adelanto, el contratista dentro de los ocho días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato, podrá solicitar formalmente la entrega del adelanto adjuntando a su solicitud la garantía correspondiente, debiendo la Entidad entregar el monto solicitado dentro de los siete días contados a partir del día siguiente de recibida la solicitud y garantía correspondiente.

Amortización del adelanto directo

La amortización del adelanto directo, consiste que el contratista, que ha recibido dicho adelanto, deberá de devolverlo durante la ejecución de la obra.

  

 - El adelanto directo es un monto o capital de trabajo que se entrega como un monto integral a solicitud del contratiste.

- No debe sobrepasar el 10% del monto del contrato original.

- Se amortiza en la valorizaciones de obra en función al mismo porcentaje de adelanto otorgado.

Adelanto de materiales e insumos (art. 182)

Las solicitudes de otorgamiento de adelantos para materiales o insumos, deberán ser realizadas con la anticipación debida, y siempre que se haya dado inicio al plazo de ejecución contractual, en concordancia con el calendario de adquisición de materiales e insumos presentado por el contratista.

No procederá el otorgamiento del adelanto de materiales o insumos en los casos en que las solicitudes correspondientes sean realizadas con posterioridad a las fechas señaladas en el calendario de adquisición de materiales.

Para el otorgamiento del adelanto para materiales o insumos se deberá tener en cuenta lo dispuesto se deberá tener en cuenta lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.

 

¿Cómo es la gestión del adelanto para materiales e insumos?

1. La solicitud de adelanto de materiales por el contratista se realiza dentro del plazo establecido en las bases.

2. Dentro del periodo considerado en el calendario de adquisición de materiales, el contratista puede solicitar al inspector o supervisor el adelanto para materiales (adjuntando la garantía y comprobante de pago).

3. El reglamento no ha establecido un plazo para el pago del adelanto de materiales, sin embargo si la demora en el pago afecta la partida para la cual se requiere ese material o insumo y esta partida a su vez está en la ruta crítica de la programación de la obra, sera causal de ampliación de plazo.

4. El adelanto para materiales se solicita por cada material por cada fórmula polinómica.

Si la solicitud de adelanto de materiales es después de la fecha considerada en el calendario de adquisición de materiales no se procederá con el otorgamiento de este.

- El adelanto para materiales e insumos se entrega mediante un cálculo del monto máximo material por material, no en forma integral, a solicitud del contratista.

- No sobrepasar el 20% el monto del contrato original.

 


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